16/9/09

Fijan atribuciones T. Constitucional


SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional que sería creado por la Asamblea Revisora garantizaría la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. 


Según el informe de la Comisión de Verificación de la Asamblea, las decisiones del tribunal serán definitivas e irrevocables y constituirían precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado, además de que gozará de autonomía administrativa y presupuestaria. 

El Tribunal Constitucional tendrá la facultad de conocer las acciones directas en inconstitucionalidad contra leyes, resoluciones, reglamentos, ordenanzas, actos en ejecución directa de la Constitución o disposiciones de carácter general a instancia del Presidente de la República, de los presidentes de las Cámaras del Congreso o de al menos la tercera parte de los miembros de una u otra cámara, del presidente de la Suprema Corte de Justicia, del Defensor del Pueblo o de las personas que tengan un interés jurídicamente protegido de conformidad con la Constitución.

Conocerá de la constitucionalidad de los Estados de Excepción, a instancia de los Presidentes de las Cámaras del Congreso, de las acciones de amparo contra las decisiones jurisdiccionales que vulneren derechos fundamentales, siempre que se hayan agotado las vías de recurso, a solicitud de parte interesada.

Igualmente tendrá la facultad de revisar las decisiones dictadas en única instancia en materia de habeas corpus, habeas data, a solicitud de parte interesada y de conocerá de los recursos extraordinarios en interés de la Constitución contra las decisiones judiciales dictadas en única o última instancia que declaren la inconstitucionalidad de una norma o acto. Este recurso podrá ser incoado por la Suprema Corte, el Procurador General, el Defensor del Pueblo o los órganos del sistema de justicia que representan los derechos de las víctimas e imputados.

Además, conocerá de los conflictos de competencia entre los poderes públicos u órganos constitucionales, a instancia de uno de los titulares.

Plantea el informe que los Tribunales de la República decidirán la excepción de inconstitucionalidad o control difuso, a instancia de uno de los titulares.

Jueces

La comisión propone que el Tribunal esté integrado por 12 jueces, que serán inamovibles, designados por el Consejo Nacional de la Magistratura, por nueve años y no podrán ser reelectos.

Establece el texto que conocerá la Asamblea Revisora que la condición de juez del Tribunal Constitucional sólo se pierde por muerte, renuncia o destitución por faltas graves en el ejercicio de sus funciones, en cuyo caso se podrá designar otra persona para completar el período.

La función de juez del Tribunal Constitucional será incompatible con otras funciones, salvo la labor docente y deberán abstenerse de participar en actividades politico-partidistas y no podrán postularse a cargos de elección popular en los cinco años siguientes al término de su designación.

Asamblea sesionará todos los días

La Asamblea Nacional iniciará mañana jueves los trabajos en segunda lectura de la reforma constitucional y para agilizar la discusión sesionará todos los días.

El presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez informó que este lunes la Comisión Coordinadora conoció el informe definitivo que presentó la Comisión de Verificación y Auditoría para la segunda lectura.

Indicó que la Comisión Coordinadora decidió sesionar todos los días de la semana como forma de agilizar los trabajos de la reforma a la Constitución en segunda lectura.

Explicó que de lunes a jueves las sesiones se harán a partir de las 3:00 de la tarde y los viernes en horas de la mañana.

El informe de la comisión de verificación re-enumera los artículos aprobados de la nueva Constitución, que quedaría con 282 artículos.


De Socorro Arias / Redactora Senior

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